BlackPLD

Donativos: actividad vulnerable y obligaciones PLD

¿Cuándo queda obligado tu negocio?

La recepción de donativos por parte de asociaciones y sociedades sin fines de lucro es actividad vulnerable. Aplica a organizaciones de la sociedad civil, fundaciones y patronatos que reciben aportaciones de terceros.

El aviso se presenta ante la UIF a más tardar el día 17 del mes siguiente a la operación.

Leer el análisis completo: PLD para donatarias en México: cómo el cumplimiento protege tu organización y genera confianza

Te aplica si…

  • Tu organización recibe donativos de personas físicas o morales
  • Un donativo individual supera el umbral establecido
  • Un mismo donante acumula aportaciones por encima del umbral en seis meses
Identificas al cliente desde1,605 UMA
Presentas el aviso al SAT desde3,210 UMA
Art. 17 fracción XIII de la LFPIORPI

Qué resuelve BlackPLD para donativos

Padrón de donantes

Expediente con lectura de la Constancia de Situación Fiscal.

Registro de donativos

Monto y forma de pago de cada aportación recibida.

Alertas de umbral

Seguimiento del acumulado por donante en la ventana de seis meses.

XML del aviso

Generación y validación contra el XSD de la UIF.

Matriz de riesgo

Grado de riesgo por donante, con su sustento.

¿Lo vemos con tus operaciones?

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Preguntas frecuentes

¿Los donativos en especie cuentan?

Hay que valuarlos para saber si alcanzan el umbral. Conviene registrarlos igual que los donativos en efectivo.

¿Una donataria autorizada tiene obligaciones distintas?

La autorización para recibir donativos deducibles es una figura fiscal y no sustituye las obligaciones de la LFPIORPI.

Otras actividades vulnerables

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